Cada año, durante el mes de agosto, especialmente en la semana del 1 al 7, recordamos la importancia de alimentar a nuestros niños (as) con lactancia materna.
En Colombia, para apoyar a las mujeres trabajadoras y como protección especial del menor, y puedan ofrecer la lactancia materna exclusiva en menores de 6 meses, se cuenta con las siguientes medidas:
- Licencia de maternidad: Es de 18 semanas, con algunas particularidades, según la condición de la mujer embarazada y el criterio médico. (Ver artículo 236 del código sustantivo del trabajo, modificado inicialmente por la Ley 1822 de 2017 y más recientemente por el artículo 2 de la Ley 2114 de 2021).
- Licencia de paternidad: Es de 2 semanas.
- Descanso remunerado durante la lactancia: Son dos (2) descansos de treinta (30) minutos cada uno, dentro de la jornada de trabajo para amamantar a su hijo, sin descuento alguno, durante los primeros seis (6) meses de edad del menor. (Ver artículo 238 del código sustantivo del trabajo). Adicionalmente, una vez cumplido este periodo, tiene derecho a un (1) descanso de treinta (30) minutos durante la jornada laboral hasta los dos (2) años del niño (a). (Ver artículo 6 Ley 2306 del 31 de julio de 2023).
- Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral : Es un lugar para la extracción y conservación de la leche materna, que el empleador debe garantizar si es una entidad pública, una empresa privada con capitales iguales o superiores a 1.500 SMLMV o con capitales inferiores con más de 50 empleadas (Ver Ley 1823 de 2017, Resolución 2423 de 2018).
Las licencias consisten en descansos remunerados en mujeres que tengan un empleo formal o un contrato por prestación de servicios. La trabajadora debe presentar a su empleador o contratante un certificado médico donde conste su estado de embarazo, indicación del día probable de parto y la indicación del día desde el cual debe empezar la licencia.
Las mujeres no deberían tener que elegir entre amamantar a sus hijos o trabajar. Ayudemos a difundir esta información y colaboremos en lo que está a nuestras manos para que la madre y el bebé puedan disfrutar de la lactancia materna exclusiva hasta los 6 meses y complementaria hasta los 2 años o más.
Invitamos a consultar el Manual para la extracción, conservación, transporte y suministro de la leche materna del Ministerio de Salud y Protección social. Más información sobre LACTANCIA MATERNA en: https://www.minsalud.gov.co/salud/Paginas/Lactancia-materna-y-nutrici%C3%B3n.aspx





